Sáb 20 abril 2024
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Sucesos | Madrid

Ayuntamiento pide al juez que mantenga a Elena Collado su condición de testigo al no haber «indicios de criminalidad»

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Elena Collado

EUROPA PRESS – La Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid ha remitido un escrito al juez Adolfo Carretero, que investiga el denominado caso mascarillas, en el que pide que la coordinadora general de Presupuestos y Recursos Humanos del Consistorio, Elena Collado, mantenga su condición de testigo al no justificarse «la existencia de indicios de criminalidad» contra ella.

En el escrito defiende así que Collado acuda a declarar únicamente como testigo y no como investigada, tal y como pidió el Grupo Mixto. El magistrado suspendió su declaración prevista para el 9 de mayo a la espera de determinar si lo hacía en calidad de testigo o de imputada.

Alegan que «de las declaraciones practicadas hasta ahora se desprende que no existía entre ellos (Luis Medina y Alberto Luceño con Collado) relación previa alguna». Recuerdan que «así lo manifestó el señor Medina en su declaración judicial de 25 de abril», al declarar que no había visto a Elena Collado en su vida. «Del mismo modo, el señor Luceño manifestó ante el órgano judicial que «no conozco a nadie en el Ayuntamiento».

La Asesoría Jurídica del Ayuntamiento argumenta que «en cuanto a la condición en que se presentan, los querellados en ningún momento se mostraron como intermediarios, conseguidores o agentes exclusivos de empresa alguna, ni comunicaron a la señora Collado que iban a cobrar comisiones por suministrar el material».

Se recuerda que la decisión de las contrataciones correspondió al consejo de administración de la Funeraria Municipal, en tanto órgano competente para contratar, «habida cuenta de que ostenta la representación de la sociedad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de sus Estatutos».

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SIN «INDICIOS DE CRIMINALIDAD»

En consecuencia, no justificándose la existencia de indicios de criminalidad contra la misma, «su intervención en las presentes diligencias previas ha de serlo en la condición adecuada, que es la de testigo, como persona conocedora de los hechos investigados, con todos los derechos y obligaciones que le reconoce la legislación procesal».

Además, sostiene que «la señora Collado ha sido ya sometida a una declaración testifical sin eludir ninguna pregunta, habiéndolo hecho bajo juramento, y dando razón de todo su conocimiento» y que «el Ministerio Fiscal ha considerado convincente tal declaración, y no ha dirigido su querella contra la misma».

«El hecho de imputar a una persona unos hechos delictivos sin que se aporten elementos o indicios al respecto supone una investigación prospectiva que se encuentra totalmente prohibida por nuestro ordenamiento jurídico», sostienen desde el Consistorio.

Además, apuntan a que «el acto de la imputación no contribuye al mejor fin de la investigación» y la señora Collado «elimina su obligación de deponer bajo juramento o promesa de decir verdad, lo cual resultaría mucho menos producente para el esclarecimiento de los hechos».

«En conclusión, no existiendo ni habiéndose justificado elementos o indicios de la comisión de delito alguno por parte de doña Elena Collado, ni nuestro ordenamiento jurídico ni la jurisprudencia amparan su llamada al proceso como investigada», finalizan en el escrito.

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