Vie 19 abril 2024
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Sanidad | Comunidad de Madrid

Condenado el SERMAS a indemnizar con 90.000 euros por retraso en el diagnóstico de una isquemia intestinal

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EUROPA PRESS – El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) a indemnizar con 90.000 euros por retraso en la puesta a disposición de un paciente de los medios necesarios para detectar una isquemia intestinal, ocasionándole graves e irreversibles perjuicios físicos y psicológicos, tanto a nivel personal como laboral.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se estima parcialmente el recurso interpuesto por el afectado, a través de la Asociación El Defensor del Paciente, contra la decisión de la Comunidad de Madrid de desestimar la reclamación patrimonial.

El paciente, de 41 años, fue intervenido el 5 de junio de 2017 en el Hospital Puerta de Hierro de Majadahonda para exéresis de tumor retroperitoneal, tumor que fue detectado en febrero de ese año mediante una ecografía abdominal y confirmado con un TAC en marzo.

Tales pruebas fueron realizadas a fin de determinar la causa de la hiperferritinemia asintomática que padecía. Tras la intervención, fue trasladado a la Unidad de Recuperación Postanestésica, manifestando dolores lumbares, signo de una isquemia mesentérica aguda, secundaria a trombosis, en el territorio de la arteria mesentérica superior.

Días después de la intervención, a pesar de la medicación suministrada, los dolores y molestias fueron incrementando, por lo que solicitó la exploración de un médico en varias ocasiones, pero nadie acudió.

No fue hasta un día después de comenzar con la sintomatología, cuando se procedió a la práctica de un TAC abdominal, que reveló una amputación de la arteria mesentérica superior de 1 cm aproximadamente, así como un pequeño hematoma en el lecho quirúrgico y hallazgos compatibles con isquemia mesentérica con extensa afectación de asas intestinales y del colon derecho. Sin embargo, no fue reintervenido hasta las 13:32 horas; para entonces ya se había producido la necrosis en el intestino delgado.

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Consecuencia de la cirugía, se observó una insuficiencia respiratoria aguda severa por neumonía derecha y un fracaso renal agudo, empeorando el estado del paciente. Por consiguiente, casi 10 horas después de la aparición de los síntomas, se efectuó una relaparotomía exploradora, que puso de relieve la existencia de una nueva isquemia intestinal.

En la sentencia, los magistrados señalan que «concurren elementos probatorios suficientes para deducir que no se pusieron a disposición del paciente todos los medios de la sanidad pública para detectar con antelación suficiente la isquemia mesentérica».

Con ello, se impidió «superar un poco mejor la grave patología y con ello mejorar la calidad de vida del paciente». «Y de ello se deriva la concurrencia del presupuesto de la antijuridicidad del daño, recogido en el artículo 34.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y básico para la apreciación de la responsabilidad patrimonial de la Administración que se reclama», recoge el fallo.

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